Pero desde el 14 de abril se ha hecho obligatorio pasar por un intermediario en todas las emisiones dirigidas ýl público en generalýque empleen ýualquier forma de comunicación publicitariaý
La Comisión deja claro que las entidades autorizadas que intervengan en la comercialización, ya sean empresas de servicios de inversión o entidades de crédito, están sujetas a obligaciones de la Ley del Mercado de Valores (LMV) entre las que destaca la de transparencia y diligencia, así como de evaluar si la inversión es idónea para el perfil del inversor que se interesa.
El supervisor especifica que el intermediario financiero que intervenga en la suscripción de valores será responsable de que la información facilitada a sus clientes, o potenciales clientes, sea ýmparcial, clara y no engañosaý Por este motivo, deberá explicarle bien las características y riesgos que conlleva el valor comercializado (la emisión de pagarés de Nueva Rumasa en este caso).
Lo que significa que los hoy atrapados por el vergonzoso "corralito", se verían aún en peor situación de persistir el contrario a derecho secretismo vigente; y de otra parte, de concedersele al Santander de manera principal y avergonzante, el aplazamiento que, através del Ministerio de Economía y Hacienda, pretende para dejar hasta el juicio final la LIQUIDACIÓN del Fondo SANTANDER BANIF INMOBILIARIO.
Todo lo que está sucediendo se veia que iba a suceder, el acuerdo del Consejo de Ministros y su posterior publicación en el BOE del 14.04.10, deja casí sin movimiento a NR, para poder emitir nuevos pagarés, ya que les obliga a una serie de obligaciones a las que dificilmente van a poder cumplir, entiendo que la publicidad emitida entra actualmente en incumplimiento muy grave de las normas establecidas, por lo cual deberan atenerse a las consecuencias.
Source:
http://www.expansion.com/2010/04/21/empresas/1271801277.html
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